¿Cuáles son las categorías de preferencia familiar?

La ley fija un límite anual para cada categoría. Las visas que una categoría no usa pueden pasar a otra:

  • F1: hijos solteros (21 años o más) de ciudadanos. Límite: 23,400 al año.
  • F2A: cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de residentes permanentes. Límite de F2: 114,200 al año, con al menos el 77 por ciento para F2A.
  • F2B: hijos solteros (21 años o más) de residentes permanentes. Comparten el límite de F2.
  • F3: hijos casados de ciudadanos. Límite: 23,400 al año.
  • F4: hermanos de ciudadanos, si el ciudadano tiene al menos 21 años. Límite: 65,000 al año.

¿Quién puede presentar la petición?

Un ciudadano puede pedir en las categorías F1, F3 y F4. Un residente permanente solo puede pedir a su cónyuge, a sus hijos solteros menores de 21 años y a sus hijos solteros de cualquier edad.

Un residente permanente no puede pedir a un hijo casado, a sus padres ni a sus hermanos. En los casos F3 y F4, el cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años del familiar pueden venir en la misma petición. No hace falta otro I-130.

¿Cómo funciona la espera?

En los casos familiares, la fecha de prioridad es el día en que USCIS recibe de forma correcta el Formulario I-130. El Departamento de Estado reparte las visas por categoría, país de cargo y fecha de prioridad. Cuando la demanda supera la oferta, se forma una fila de espera.

El Boletín de Visas mensual tiene dos tablas: Fechas de Acción Final y Fechas para Presentar. USCIS indica qué tabla usar para el Formulario I-485. La espera depende de la demanda, los límites por país y el número de visas de su categoría, así que cambia con el tiempo.

¿Qué cambios en la familia mueven el caso a otra categoría?

Un matrimonio, un divorcio o una naturalización pueden cambiar la categoría. Por lo general, la fecha de prioridad se mantiene:

  • Un hijo F1 que se casa pasa a F3. Un hijo menor de 21 años de un ciudadano que se casa también pasa a F3.
  • Un hijo F3 que se divorcia vuelve a F1, o pasa a familiar inmediato si tiene menos de 21 años.
  • Un hijo F2B de un residente permanente que se casa pierde la petición. No existe una categoría para el hijo casado de un residente permanente.
  • Si el padre residente se naturaliza, un hijo F2A menor de 21 años pasa a familiar inmediato, y un hijo F2B pasa a F1. Un beneficiario F2B puede pedir seguir en F2B si esa espera es más corta.
  • Si un hijo F2A cumple 21 años, la Ley de Protección del Estatus del Menor (CSPA) puede protegerlo. La edad CSPA es la edad cuando hay una visa disponible, menos el tiempo que la petición estuvo pendiente.

¿Puede obtener la green card dentro de Estados Unidos?

Solo si hay una visa disponible de inmediato, usted entró con inspección y admisión o con parole, y no aplica ningún impedimento para el ajuste. Por lo general, quien pide por preferencia debe probar que mantuvo un estatus legal desde que llegó. La sección 245(i) puede ayudar a algunas personas con un impedimento.

Para conservar la protección de la CSPA, un hijo debe buscar la residencia dentro de 1 año después de que haya una visa disponible. Si el familiar está en el exterior, USCIS envía la petición aprobada al trámite consular, y un consulado entrevista al familiar.

¿Cuánto cuesta?

Estas tarifas de USCIS rigen desde octubre de 2026, según el Formulario G-1055 (edición 10/16/26). El Departamento de Estado cobra sus propias tarifas de visa. Los tiempos de trámite varían, así que revise la herramienta de tiempos de USCIS.

  • Formulario I-130: $675 en papel o $625 en línea
  • Formulario I-485: $1,440 en papel o $1,390 en línea. Un hijo menor de 14 años que presenta con uno de sus padres paga $950 o $900.
  • Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio: $0
  • Tarifa de Inmigrante de USCIS después del trámite consular: $235

¿Qué cambió en 2025 y 2026?

La Proclamación 10998 entró en vigor el 1 de enero de 2026. Suspende las visas de inmigrante para nacionales de países de la lista, como Haití, Cuba y Venezuela, con excepciones limitadas.

Los memorandos de USCIS PM-602-0192 y PM-602-0194 retuvieron solicitudes de nacionales de los países de la lista. Cortes federales de Rhode Island y California los anularon y bloquearon en junio y agosto de 2026. El 14 de agosto de 2026, el Primer Circuito permitió seguir la nueva revisión de beneficios ya aprobados.

Una nueva regla de carga pública (public charge) aplica al I-485 presentado desde el 18 de septiembre de 2026. El Departamento de Estado pausó las visas de inmigrante para 75 países, entre ellos Colombia. Esa pausa terminó el 21 de agosto de 2026 por orden judicial.

Estas reglas pueden cambiar, y algunas están en litigio. Pida una revisión de su caso antes de presentar o de viajar.

Cómo le ayuda Buroz Law

Rene Buroz es abogado de inmigración en Aventura, FL. La firma confirma la categoría correcta, presenta el Formulario I-130 y sigue su fecha de prioridad en el Boletín de Visas. Revisa los cambios de categoría después de un matrimonio, un divorcio o una naturalización, y verifica la protección CSPA de los hijos. Prepara el trámite de la green card en Estados Unidos o ante el Centro Nacional de Visas, en español o en inglés.

Paso a paso

  1. Confirme la categoría

    Verifique el estatus de quien pide (ciudadano o residente) y la edad y el estado civil del familiar.

  2. Presente el Formulario I-130

    Preséntelo con prueba de estatus y de la relación. La fecha de presentación se convierte en la fecha de prioridad.

  3. Siga el Boletín de Visas

    Revise cada mes el boletín y la tabla de USCIS para su categoría y su país.

  4. Avise los cambios en la familia

    Un matrimonio, un divorcio o una naturalización pueden cambiar la categoría. Pida consejo antes de un matrimonio que pueda terminar la petición.

  5. Pida la green card

    Cuando su fecha esté vigente, presente el I-485 si califica, o complete el trámite del Centro Nacional de Visas y del consulado.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dura la espera en una categoría de preferencia familiar?

Depende de la categoría, de su país de cargo y de la demanda de visas. El Boletín de Visas mensual muestra las fechas vigentes de cada categoría y país.

¿Un residente permanente puede pedir a un hijo casado?

No. Un residente permanente solo puede pedir a su cónyuge, a sus hijos solteros menores de 21 años y a sus hijos solteros mayores. Un hijo casado necesita un padre ciudadano (F3).

¿Qué pasa si me hago ciudadano mientras la petición de mi hijo está pendiente?

Un hijo F2A menor de 21 años pasa a familiar inmediato. Un hijo F2B pasa a F1, o puede pedir seguir en F2B si esa espera es más corta.

¿El cónyuge y los hijos de mi hermano pueden venir también?

Sí. En un caso F4, el cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años de su hermano pueden venir como dependientes en la misma petición.

Relacionado

Fuentes oficiales