¿Quién es un familiar inmediato?

Solo un ciudadano de Estados Unidos puede pedir a un familiar inmediato. Califican estos familiares:

  • El cónyuge de un ciudadano. Nuestra guía de green card por matrimonio explica este caso en detalle.
  • El hijo soltero menor de 21 años de un ciudadano. Un hijastro califica si el matrimonio que creó la relación ocurrió antes de que cumpliera 18 años.
  • El padre o la madre de un ciudadano que tiene al menos 21 años. Un residente permanente no puede pedir a sus padres.
  • El viudo o la viuda de un ciudadano. Califica si el ciudadano presentó la petición antes de morir, o si el viudo la presenta dentro de 2 años después de la muerte.

¿Por qué no hay fila de espera?

La ley no fija un límite anual de visas de inmigrante para familiares inmediatos, así que siempre hay una visa disponible. Las categorías de preferencia familiar, como los hijos adultos o casados, sí tienen límites anuales y filas de espera.

Un hijo sigue como familiar inmediato si tenía menos de 21 años el día en que el ciudadano presentó el I-130. Esa regla viene de la Ley de Protección del Estatus del Menor (Child Status Protection Act, CSPA). El hijo debe seguir soltero. Si se casa, el caso pasa a la categoría F3 y conserva su fecha de prioridad.

¿Cómo pedir a un padre o una madre?

El ciudadano presenta un Formulario I-130 por cada padre y prueba la relación. Los documentos comunes son estos:

  • Su acta de nacimiento con su nombre y el nombre de su padre o madre
  • Su certificado de naturalización o su pasaporte de Estados Unidos, si no nació en Estados Unidos
  • Para el padre: el acta de matrimonio civil de sus padres, o prueba de legitimación o del vínculo con su padre, según el caso
  • Para un padrastro o una madrastra: el acta de matrimonio que muestra que la boda ocurrió antes de que usted cumpliera 18 años
  • Para un padre o una madre adoptivos: el certificado de adopción que muestra que la adopción ocurrió antes de que usted cumpliera 16 años

¿Cómo pedir a un hijo?

Presente un Formulario I-130 separado por cada hijo, con su acta de nacimiento y prueba de su ciudadanía. Un padre puede necesitar también el acta de matrimonio o prueba de legitimación. Un padre adoptivo muestra el decreto de adopción y 2 años de custodia legal y física.

Si el hijastro recibe la residencia antes de que su matrimonio cumpla 2 años, recibe una green card condicional. Luego usted presenta el Formulario I-751 en los 90 días antes de su vencimiento.

¿Puede el familiar obtener la green card dentro de Estados Unidos?

Sí, si un oficial lo inspeccionó y lo admitió, o lo inspeccionó y le dio parole, y cumple los demás requisitos. El familiar puede presentar el I-485 junto con el I-130, mientras está pendiente o después de la aprobación.

Para los familiares inmediatos no aplican dos impedimentos: haberse quedado más tiempo o violar el estatus, y haber trabajado sin autorización. Una persona que entró sin inspección por lo general no puede ajustar su estatus, salvo que aplique la sección 245(i). Esa persona puede necesitar un perdón provisional y el trámite consular.

Si el familiar está en el exterior, USCIS envía la petición aprobada al Centro Nacional de Visas. Luego un oficial consular entrevista al familiar y decide sobre la visa de inmigrante.

¿Cuánto cuesta?

Estas tarifas de USCIS rigen desde octubre de 2026, según el Formulario G-1055 (edición 10/16/26). El Departamento de Estado cobra sus propias tarifas de visa. Los tiempos de trámite varían, así que revise la herramienta de tiempos de USCIS.

  • Formulario I-130: $675 en papel o $625 en línea
  • Formulario I-485: $1,440 en papel o $1,390 en línea. Un hijo menor de 14 años que presenta con uno de sus padres paga $950 o $900.
  • Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio: $0
  • Formulario I-765 con un I-485 pendiente que pagó tarifa: $260
  • Formulario I-131 para permiso de viaje (advance parole) con un I-485 pendiente: $630 en papel o $580 en línea
  • Tarifa de Inmigrante de USCIS después del trámite consular: $235

¿Qué cambió en 2025 y 2026?

La Proclamación 10998 entró en vigor el 1 de enero de 2026. Suspende las visas de inmigrante para nacionales de países de la lista, como Haití, Cuba y Venezuela. Ya no aplican las antiguas excepciones para cónyuges, hijos y padres de ciudadanos (IR-1/CR-1, IR-2/CR-2, IR-5).

Los memorandos de USCIS PM-602-0192 y PM-602-0194 retuvieron solicitudes de nacionales de los países de la lista. Cortes federales de Rhode Island y California los anularon y bloquearon en junio y agosto de 2026. El 14 de agosto de 2026, el Primer Circuito permitió seguir la nueva revisión de beneficios ya aprobados.

Una nueva regla de carga pública (public charge) aplica al I-485 presentado desde el 18 de septiembre de 2026. Esa regla cubre a cónyuges, hijos y padres de ciudadanos. Un memorando de USCIS de mayo de 2026 (PM-602-0199) llama al ajuste de estatus un alivio extraordinario. También permite al oficial evaluar cómo la persona usó su visa.

Desde el 13 de agosto de 2026, viajar con advance parole cuenta como una salida del país (Matter of Delcarmen-Lara). Esa salida puede activar los castigos de 3 y 10 años por presencia ilegal. Estas reglas pueden cambiar, y algunas están en litigio. Pida una revisión de su caso antes de presentar o de viajar.

Cómo le ayuda Buroz Law

Rene Buroz es abogado de inmigración en Aventura, FL. La firma revisa los documentos de la relación y el historial migratorio de cada familiar. Decide con usted entre el ajuste de estatus y el trámite consular. Prepara los Formularios I-130, I-485 e I-864, responde solicitudes de evidencia y prepara a la familia para la entrevista, en español o en inglés.

Paso a paso

  1. Confirme la relación

    Verifique que quien pide es ciudadano, y que tiene al menos 21 años si pide a un padre o una madre.

  2. Reúna los documentos

    Reúna actas de nacimiento, matrimonio o adopción, prueba de ciudadanía y traducciones de los documentos extranjeros.

  3. Presente el Formulario I-130

    Presente una petición por cada familiar. Si el familiar está en Estados Unidos y califica, presente el I-485 junto con ella.

  4. Complete los pasos de la green card

    Entregue el examen médico (Formulario I-693) y la Declaración Jurada de Patrocinio (Formulario I-864), y asista a la cita de huellas.

  5. Asista a la entrevista

    USCIS entrevista a quienes piden el ajuste, salvo que la exima. En el exterior, el consulado entrevista al familiar.

  6. Reciba la green card

    Un hijastro con green card condicional debe presentar el Formulario I-751 en los 90 días antes de su vencimiento.

Preguntas frecuentes

¿Un residente permanente puede pedir a sus padres?

No. Solo un ciudadano de al menos 21 años puede pedir a su padre o a su madre.

¿Qué pasa si mi hijo cumple 21 años durante el trámite?

Bajo la CSPA, la edad del hijo se congela el día en que usted presentó el I-130 como ciudadano. Si entonces tenía menos de 21 años y sigue soltero, sigue como familiar inmediato.

¿Mi padre puede obtener la green card si entró con visa de turista?

Es posible. Si un oficial lo inspeccionó y lo admitió, haberse quedado más tiempo no impide por sí solo el ajuste de un familiar inmediato. Con el memorando de mayo de 2026, el oficial evalúa cómo usó la visa, así que pida una revisión primero.

¿La proclamación de viaje de 2026 afecta a familiares en el exterior?

Puede afectarlos. La Proclamación 10998 suspende las visas de inmigrante para nacionales de países de la lista, y ya no aplican las excepciones para familiares inmediatos. Pida una revisión de su caso antes de presentar.

Relacionado

Fuentes oficiales